12-01-2023
Turismo LGBTIQ+: ¿una tipología posible?
Estefanía Izrael | Alba SudEl llamado turismo LGBTIQ+ ha mostrado un incremento en los últimos años que lo posiciona como un importante vector para el desarrollo económico. Sin embargo, en él se condensan debates complejos en torno a la ampliación de derechos, la invisibilización de determinados agentes dentro del colectivo y los procesos de turistificación.
Crédito Fotografía: Gay Pride Amsterdam 2008, bajo licencia creative commons.
En el año 2019, la UNWTO (Organización Mundial del Turismo)y IGLTA (Asociación Internacional de Viajes LGBTQ+) publicaron el Segundo Reporte Global sobre Turismo LGBT (el primero se realizó en 2012), utilizando las consignas “viajar”, “disfrutar” y “respetar”. Allí se busca dar cuenta de un escenario con características particulares: por un lado, se registra un fuerte aumento en la internacionalización del movimiento de personas; complementariamente, los destinos turísticos han tenido que modificar sus estrategias de atracción a viajeros y viajeras debido al incremento de la competencia a nivel global. Es así que, según explican, la identificación de nichos de consumo se ha tornado fundamental a la hora de potenciar las iniciativas de marketing, sobre todo si se trata de grupos que muestran una cantidad de traslados e índices de gasto comparativamente altos, en relación con el promedio de otros públicos.
Este es el caso del turismo LGBTIQ+, en donde, sin dejar de destacar la diversidad que puede abarcar esta categoría (por ejemplo, la población trans tiene una expectativa de vida de entre 35 a 40 años y, como colectivo, escasas capacidades para viajar), alude al “desarrollo y marketing de productos y servicios turísticos para lesbianas, gays, bisexuales y personas trans”. Este fenómeno implica, no solamente que se elaboren paquetes, promociones o experiencias pensadas particularmente para personas que pertenecen a esta comunidad, sino también que las agencias y los sitios receptores de este turismo trabajen por garantizar el buen trato hacia ella.
Dicha emergencia, construcción o reconocimiento del segmento, agregan en el informe, se vuelve posible en el marco de una serie de transformaciones sociales, en general, y jurídicas, en particular, en donde los derechos de las personas LGBTIQ+ se visibilizan dentro de la agenda pública y, con ello, se constituyen como potenciales sujetos-objetos del mercado de consumo. Asimismo, y en términos históricos, es posible reconocer una serie de hitos que, desde la perspectiva del Norte Global, han marcado la conceptualización de esta población como un target en sí mismo para la industria. Por un lado, en cuanto al material de consulta previo a la explosión de internet, se destacan la publicación, en 1964, de The Damron Address Book, a cargo de la estadounidense Damron Company, sumado al lanzamiento de la alemana Spartacus International Gay Guide en 1970.
The Stonewall Inn NYC NY, bajo licencia creative commons.
Por el otro, uno de los hechos que más se ha reconocido en la historia de la visibilización de la comunidad LGBTIQ+ fue el de los disturbios de Stonewall en 1969: el 28 de junio de aquel año, la policía allanó el Stonewall Inn, un bar gay ubicado en la ciudad de Nueva York. La redada provocó un motín entre los clientes del bar, seguido de seis días de protestas y enfrentamientos con las fuerzas de seguridad. Si bien no fue el único, este suceso sirvió como catalizador para el movimiento por los derechos del colectivo, tanto a nivel nacional como internacional, y cuyo aniversario dio lugar a la conmemoración del Día del Orgullo. Esta efeméride luego se ampliaría a diversas celebraciones en el llamado “Mes del Orgullo” durante junio en distintas latitudes del globo, que traccionaría hacia el perfilamiento de un turismo que se nutre de estas proclamas y festejos. Esto devendría, a su vez, en la masificación de eventos deportivos (como los que se localizaron en San Francisco en 1982), festivales y marchas que apuntan a la promoción de los derechos de las personas LGBTIQ+.
La particularidad del segmento
En términos históricos, alrededor de la década del 80, el progresivo afianzamiento de las comunidades LGBTIQ+ en países del Norte Global comenzó a materializar el emplazamiento de un turismo focalizado. En este proceso, la creación de cámaras de comercio LGBTIQ+, así como la formación de alianzas entre comisiones turísticas nacionales y empresas locales especializadas fueron estrategias claves a la hora de atraer a este público. Esto implicó la identificación y estructuración de intereses que darían lugar a una unidad de mercado y, con ello, a la generación de productos y servicios enmarcados en “destinos LGBTIQ+ friendly/amigables”.
Complementariamente, la proliferación de marcos regulatorios que ampliaban los derechos de las personas LGBTIQ+ forjó las bases materiales y simbólicas que potenciarían el movimiento de visitantes internacionales. En este contexto, el caso de la unión civil y el matrimonio de parejas no heterosexuales es sumamente ilustrativo en tanto que implicó el aumento de viajes que giraban en torno a dicho ritual, incluyendo no solo el traslado hacia los sitios en donde estos fueran legales, sino también su celebración, el armado de despedidas de solteros y solteras y lunas de miel, entre otros.
Ahora bien, ¿es adecuado categorizar al “turismo LGBTIQ+” como una forma específica de desarrollar esta actividad? ¿Existe una tipología del turismo en donde la identidad de género y la orientación sexoafectiva condicionen el modo de llevar adelante esta práctica? Es cierto que las taxonomías dentro del turismo permiten dar cuenta de las dimensiones que constituyen un campo sumamente complejo. En lo que respecta a su variante “LGBTIQ+”, se suele aludir a un segmento con características específicas en torno a la cantidad y a la calidad del consumo: en muchos casos, se trata de turistas con una capacidad adquisitiva elevada que habilita la conformación, entre otros, de circuitos mercantiles de elite (aunque esto no aplique a todo el colectivo).
La creación de paquetes turísticos orientados a esta población se arraiga en la posibilidad de encuentro y, sobre todo, en el principio de “viaje seguro”. Esto viene a dar respuesta a la discriminación estructural a la que el grupo se enfrenta, muchas veces legitimada por bases normativas restrictivas. En consecuencia, se han desarrollado agencias especializadas en llevar a quienes integran este colectivo y su entorno. Tal fue el caso, por ejemplo, del “padre del turismo gay”Hanns Ebensten, quien en 1973 coordinó lo que se conoce como el “primer tour de aventura exclusivamente gay” al Gran Cañón del Colorado, en Estados Unidos.
Sin embargo, aquí cabe preguntarse, ¿un viaje seguro para quiénes? ¿Qué tipos de identidades son el objeto de estas iniciativas, de qué regiones y, sobre todo, con qué poder adquisitivo? Ya en la película documental “La muerte y la vida de Marsha P. Johnson” (2017) de David France se ilustran las luchas internas dentro del movimiento LGBTIQ+ y, con ellas, los modos en que, por ejemplo, la población trans fue invisibilizada en los procesos de proclamación de derechos como sucedió luego de los disturbios de Stonewall. En esta línea, una de las críticas más recurrentes que emergieron dentro del colectivo a raíz de las posteriores celebraciones del Día del Orgullo estuvo vinculada con que este parecía identificar solamente a varones, gays, blancos, de países centrales y de sectores de elite. De este modo, resulta interesante pensar en qué medida la segmentación y mercantilización de un turismo LGBTIQ+ reproduce esta misma lógica de exclusión y contribuye con una representación uniformizante.
Gay pride 365 - Marche des fiertés Toulouse 2011, bajo licencia creative commons
¿Mapa de derechos universales?
En términos globales, diversos Estados nacionales han suscrito a tratados que apuntan a garantizar el derecho a la igualdad, en general, y la protección del colectivo LGBTIQ+, en particular, por ejemplo, mediante los Principios de Yogyakarta. Si bien muchos países del mundo elevan estos mínimos y brindan una protección mayor en derechos humanos a la diversidad sexual, otros están radicalmente desfasados de estas normativas, tal como se observa en el informe de la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA) “Homofobia de Estado” del año 2020:
- 69 Estados miembros de la ONU criminalizan la homosexualidad o las relaciones sexuales entre personas del mismo género, enlazándole penas de prisión o incluso, en 6 de ellos, pena de muerte.
- Existen por lo menos 42 Estados miembros de la ONU en los que se reconocen restricciones jurídicas a la libertad de expresión en torno a la diversidad sexual y de género.
- Según surge del mismo informe del ILGA, pero del año 2019, algunos países que han regulado el cambio registral en función de la identidad de género autopercibida han incluido requisitos que limitan o patologizan dicho proceso. Tan solo a modo de ejemplo, en China las personas trans mayores de 20 años solamente pueden acceder al cambio en el marcador de género de su documento de identidad si con anterioridad se han sometido a tratamientos hormonales y cirugías. En Kazajstán, por su parte, se exige, como condición, un tratamiento hormonal, psicológico, cirugía de reasignación y esterilización.
- En tan solo 11 de los 193 Estados miembros de la ONU se protege constitucionalmente a las personas contra la discriminación por orientación sexo-afectiva, algunos de manera explícita, otros por decisión de la justicia. A estos se suma Canadá, que la introdujo en la Carta de Derechos y Libertades mediante una decisión de la Corte Suprema.
- En total son 34 los países que reconocen legalmente el matrimonio igualitario
Fuente: Informe “Homofobia de Estado”. Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex (ILGA), 2020.
Dado este escenario, desde el informe de la UNWTO y la IGLTA se recomienda que, toda persona que vaya a realizar cualquier tipo de viaje, conozca y respete la cultura y las normativas locales de los sitios que la recibirán. Aquí, se despliega uno de los grandes dilemas que trasciende al campo específico del turismo y se circunscribe a un debate propio de los derechos humanos: ¿qué debe primar, el llamado a la universalidad de lo que desde distintos sectores se concibe como “dignidad humana” o la particularidad de una cultura? ¿Es ético imponer las propias costumbres en un lugar en el que no vivimos? ¿Es correcto exigir que una persona o una pareja modifique sus expresiones de afecto por el hecho de no adecuarse a la moralidad del país receptor?
Uno de los ejemplos del modo en que se materializa esta problemática en la actualidad se vincula con la Copa Mundial FIFA Qatar 2022 que ha tenido lugar durante los meses de noviembre y diciembre de este año. Particularmente, en Argentina, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto publicó una serie de recomendaciones prácticas para quienes asistiesen a dicho evento deportivo. En ella se explicitaba que “en Qatar las expresiones públicas de afecto de personas del mismo sexo son consideradas un delito y están PROHIBIDAS”. Al mismo tiempo, se aclaraba que “Qatar podría no ser un país seguro para personas LGBTIQ+, por lo que la recomendación principal es tomar y extremar medidas de autocuidado”.
Es importante destacar que, así como sucede con la población en general, las experiencias de distintas personas del colectivo LGBTIQ+ pueden variar en función de su expresión de género, su tono de piel, país de residencia, clase, etc. Esto responde a que no existe una única forma de vivir el ser turista LGBTIQ+, por lo cual, se vuelve necesario dar cuenta de los modos en que se materializan las dimensiones sociales y subjetivas, desde una perspectiva interseccional, atendiendo, con ello, avariables estructurales.
¿Seguridad o marketing?
Uno de los puntos más relevantes que se destacan en el documento de la UNWTO y la IGLTA es el rol que han tenido las agencias y operadoras focalizadas en esta población en el marco de la consagración de derechos del colectivo. Allí se explicita que, incluso en aquellos sitios en donde los sistemas legislativos no tenían una perspectiva diversa que ofreciera políticas especializadas, ciertas empresas ligadas al turismo han propiciado iniciativas que apelan a la generación de espacios de trabajo inclusivos y que hacen hincapié en labuena recepción de estos viajeros y viajeras. En otras palabras, se enfatiza la función amplificadora de estas organizaciones transnacionales por sobre (o a pesar de) lo que los niveles mínimos nacionales establecen en términos de equidad.
En lo que respecta al ámbito público, es interesante reflexionar sobre los usos que los distintos sitios, sean ellos Estados naciones o jurisdicciones locales, asignan a sus autoproclamados espacios “LGBTIQ+ friendly”; en consecuencia, resulta oportuno considerar si esta categorización contribuye con una pretensión de “limpiar la imagen” de ciertos territorios en los que no hay una efectiva libertad sexual, como formula Maicon Gularte Moreira (2020).
En este contexto, a pesar de que existan iniciativas reivindicación generadas por los propios colectivos que promueven un turismo LGBTIQ+ “desde abajo”, cabe preguntarse en qué medida la consolidación de un territorio reconocido como atractivo para una determinada comunidad puede terminar siendo igualmente excluyente, entre otros, para la población local. Aquí, resulta fundamental enfatizar que la construcción y promoción de zonas que fomentan un tipo de mercado específico sin considerar a la población receptora puede implicar la potenciación de dinámicas de turistificación y de expulsión de la vecindad por el aumento de precios. Con ello, buscamos dar cuenta de que muchos de estos espacios se tornan inaccesibles no solamente para los grupos que solían habitarlos, sino, también, para quienes, siendo parte de la comunidad, no cumplen con las condiciones necesarias para integrar un nicho de mercado de elite. Por eso, se vuelve imprescindible dimensionar cómo opera la interseccionalidad en el marco de estos encuentros, atendiendo a las implicancias de la segmentación y a la gentrificación.
Paracaídas gay, bajo licencia creative commons.
Según se estima, para el año 2030, 108.000.000 personas LGBTIQ+ estarán viajando anualmente a lo largo del globo, en un contexto en donde son cada vez más quienes sienten la seguridad de autoproclamarse como parte de esta comunidad. Por lo tanto, se tornará cada vez más necesario que quienes se dedican a la industria turística cuenten con las herramientas para promover un ambiente de respeto que abrace a la diversidad, al tiempo que la administración pública deberá atender al modo en que esta actividad se promueve localmente. Complementariamente, deberán considerarse las políticas que estas organizaciones implementan e implementarán dentro de sus propias estructuras, fomentando una cultura de trabajo inclusivo puertas adentro: contratación de personas del colectivo, programas de capacitaciones orientados a la diversidad, diagnósticos de percepción de la equidad dentro del espacio laboral, entre otras estrategias posibles.
Así, podemos decir que resulta fundamental reconocer las complejidades vinculadas con una forma de segmentación en torno a un sector que ha sido expulsado a los márgenes de la sociedad, en general, y de la actividad turística, en particular. Sin embargo, algunos cuestionamientos quedan aún pendientes: ¿cabe referirnos a una efectiva inclusión? ¿Las oportunidades que se generan en términos del derecho al disfrute bajo la lógica del consumo devienen en una ampliación de derechos estructurales, tanto para quienes viajan como para quienes habitan un territorio específico?
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